Los equipos de protección individual, EPI, es una de las familias gestionadas por Ategi. Es una familia muy variada, con muchos productos y con características muy diversas. El etiquetado y marcado de las EPI nos ayuda a entender y objetivar las características de los mismos. Cada tipo de EPI (calzado, guantes, protección vías respiratorias…) debe llevar su ficha técnica, la facilita el proveedor, con las características y normativas a cumplir.
En este sentido, en Ategi nos ha parecido muy ilustrativo la información suministrada por ASEPAL, la Asociación de empresas de equipo de protección individual. En la misma, nos explican la importancia del marcado CE, nos ayudan a entender los diferentes pictogramas y otros marcados de seguridad que nos encontramos en estos productos y también inciden en los elementos de identificación.
Este es el artículo:
La percepción humana ha evolucionado para obtener información de una forma más rápida y eficaz a través de imágenes. Éste es el motivo por el que, en las carreteras, la información acerca de las normas de seguridad básicas se transmite principalmente a través de las imágenes y dibujos que aparecen en las señales de tráfico. Así, podemos asociar el símbolo de una barra blanca horizontal, sobre fondo rojo, a la indicación de que no podemos circular por la vía que está a continuación de la señal.
De una forma similar, el marcado de un equipo de protección individual (EPI) transmite una serie de indicaciones a través de símbolos e inscripciones que, en la mayor parte de los casos están relacionadas con la seguridad del usuario. La finalidad principal del marcado de un EPI es la de informar al usuario acerca de:
1. Nivel de seguridad del producto, a través de símbolos como el marcado CE o los pictogramas aplicables.
2. Servir de orientación para la selección del EPI. A menudo el marcado es, junto con el folleto informativo, el único medio de que dispone el fabricante para transmitir al usuario información relevante sobre el equipo. En el caso de los EPI, la indicación de los niveles de prestación u otras características aplicables, permite al usuario hacer una correcta elección del equipo que necesita, habida cuenta de la evaluación de riesgos realizada.
Dada la gran importancia de la información que transmite el marcado del EPI al usuario o consumidor del producto sobre el que se indica, las autoridades de vigilancia de mercado son muy escrupulosas a la hora de asegurarse de que la información que se transmite mediante el marcado sea verás y fidedigna, a fin de evitar posibles riesgos o equívocos.
A continuación, trataremos de explicar de una forma concisa el contenido mínimo y el significado del marcado de debe figurar en todo EPI conforme al Reglamento (UE) 2016/425.
Marcado CE
El marcado CE es el símbolo que el fabricante debe colocar sobre todo EPI antes de su introducción en el marcado de la UE. Significa que el fabricante ha sometido al producto (en nuestro caso, a un EPI) a los procedimientos de evaluación conformidad que se detallan en el Reglamento (UE) 2016/425.
El marcado CE es común a todos los EPI, salvo por la obligación de indicar el número del organismo notificado que hace el control de la producción o el producto para los EPI de categoría III.
El marcado CE tampoco ha sufrido modificación entre la Directiva 89/686/CEE y el Reglamento (UE) 2016/425; y el único cambio en ese sentido lo veremos en EPI que, siendo de categoría II en la Directiva 89/686/CEE han pasado a la categoría III en el Reglamento. Estos EPI son los que están destinados a proteger frente a los siguientes riesgos:
• Ahogamiento
• Cortes por sierras de cadena accionadas a mano
• Chorros de alta presión
• Heridas de bala o arma blanca
• Ruidos nocivos
Los EPI conformes al Reglamento que protejan frente a estos riesgos, ahora deberán llevar junto al marcado CE el código del organismo notificado correspondiente.
Pictogramas y otros marcados relacionados con la seguridad
Muchos EPI incorporan marcados o indicadores que se relacionan directa o indirectamente con la seguridad. Este tipo de marcados deben adoptar la forma de pictogramas o ideogramas armonizados. De ahí que la mayoría de los pictogramas que podemos ver en los marcados estén perfectamente detallados en la norma aplicable al EPI que tenemos entre manos.
El significado de estos pictogramas o cualquier otro marcado colocado sobre el EPI, y pese a que suelen ser bastante intuitivos en cuanto a su significado, debe estar perfectamente establecido y delimitado en el folleto informativo que se entrega junto con el EPI.
También es habitual que, en el marcado del EPI, junto al pictograma, aparezca la referencia de la norma que cumple el producto. De forma general, la colocación de una referencia normativa en un EPI indica que el producto cumple con la totalidad de la norma en cuestión.
Los marcados no darán lugar a confusión al usuario y deberán ser perfectamente visibles a lo largo de la vida prevista del EPI.
Elementos de identificación
Todo EPI conforme al Reglamento EPI debe incorporar elementos de identificación a dos niveles: agente económico responsable de la puesta en el mercado, y producto.
Los únicos agentes económicos que pueden poner EPI en el mercado son el fabricante y el importador. El fabricante es aquel que comercializa el producto con su nombre y marca, y el importador es aquel que introduce en la UE un producto desde un tercer país no perteneciente a la UE.
De este modo, el fabricante debe identificarse sobre el EPI con su nombre, nombre comercial o marca registrada y dirección postal de contacto. Para los productos importados, es necesario indicar, además el nombre, nombre comercial o marca registrada y dirección postal de contacto del importador. Sin embargo, si ambos, fabricante e importador, pertenecen al mismo grupo o compañía y si la compañía que está establecida en la UE asume totalmente las responsabilidades de fabricante, la indicación de la división en la UE será suficiente para satisfacer estos requisitos.
Además, sobre el EPI, el fabricante deberá identificar e producto mediante un número de tipo, lote o serie, o cualquier otro elemento que permita la identificación del EPI. El fabricante tiene libertad para escoger la forma de identificar el EPI que consideren más conveniente, siempre y cuando se garantice su trazabilidad, es decir, que permita relacionar el producto con todo marcado y documentación relacionada con él, y que además permita rastrearlo a lo largo de toda la cadena de comercialización.
Esto último es de especial importancia en caso de que sea necesaria una recuperación del producto, (ya sea por parte de las autoridades competentes o en caso de una reclamación por parte de un cliente, por ejemplo). De forma general, la actuación sobre un producto no conforme será sobre todos los productos que lleven el mismo elemento identificativo. Por lo tanto, y si bien no es obligatorio introducir el marcado de los EPI con el lote o el número de serie, sí que es altamente recomendable el identificar las unidades dentro de una producción, ya que, en caso de una incidencia, el fabricante podrá limitar el impacto de unidades rede retiradas o devoluciones de producto, si son capaces de establecer un sistema de trazabilidad lo suficientemente detallado.